martes, 25 de julio de 2017

Subida salarial del 1% de Salario para Empleados Públicos

En el BOE de 22 de julio se ha publicado Resolución de 20 de julio de 2017 por la que se dictan Instrucciones sobre el pago al personal del sector público de atrasos correspondientes al 1% previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Dependiendo de la situación en que hayamos estado desde el uno de enero hasta el treinta de junio de 2017, se nos aplicará de oficio o habrá que solicitarlo. 

  • Se liquidarán de oficio: las retribuciones generadas entre enero y junio del personal que no haya cambiado de destino.
  • Habrá que formular Solicitud para que se abonen las retribuciones, en los siguientes casos:
    1. Cuando se haya cambiado de destino: las retribuciones se abonarán por el Centro que abonó la retribución previa.
    2. Cuando se haya pasado en el semestre a prestar servicios en una Administración Pública distinta. Los atrasos se liquidarán por la habilitación que abonó las retribuciones.
    3. Cuando se haya estado en situaciones distintas a las de servico activo. Se abonarán por la habilitación que abonó las retribuciones.
 A continuación dejamos la Solicitud y Resolución publicada en el BOE.

 Resoluciónde 20 de julio - BOE




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